Novedades en la próxima solicitud PAC 2020

El Ministerio de Agricultura quiere introducir cambios en los Reales Decretos 1075/2014 y 1076/2014 que regulan las ayudas directas de la PAC para la campaña 2020.

Agricultor activo

El Ministerio quiere reducir la carga y complejidad administrativa que supone la aplicación del agricultor activo. Es necesario que se cumplan estos tres criterios y lo que pretende el Ministerio es reducir a uno sólo el siguiente listado.

  • Que el importe anual de los pagos directos es, al menos, del 5% de los ingresos totales que se obtienen a partir de actividades no agrarias en el periodo impositivo más reciente para el que se disponga de dicha prueba.
  • O que su actividad agraria no es insignificante, sobre la base de que sus ingresos agrarios distintos de los pagos directos sean el 20% o más de sus ingresos agrarios totales en el período impositivo disponible más reciente.
  • O para las personas jurídicas o grupos de personas físicas o jurídicas, que dentro de sus estatutos figure, antes de la fecha de finalización del plazo de modificación de la solicitud, la actividad agraria como su principal objeto social.

Además se plantea cambiar la fecha de referencia que se toma como fecha de primera instalación para así favorecer que se incorporen nuevos titulares, especialmente jóvenes.

Con relación a las ayudas asociadas se van a clarificar lo que se consideran las figuras asociativas reconocidas como parte vendedora en los contratos para la transformación de tomate.

Se va a modificar la redacción de los requisitos y condiciones que deberán cumplir las superficies de barbecho que pretendan computarse como superficies de interés ecológico.

Solicitudes

Se realizarán ajustes técnicos para que la Administración esté habilitada para poder dar un tratamiento estadístico de los datos que se declaran en la PAC, al tiempo que se simplificará y flexibilizará.

 

Fuente: www.agrodigital.com

 

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