
Novedades en la Renta 2017 para el sector agrario y ganadero
Desde el 5 de abril hasta el 30 de junio se podrá solicitar y presentar por internet el borrador de la Declaración de la Renta 2017.
La Agencia Tributaria informa que se añade una línea nueva de productos (línea 17) en la página 7 del modelo, Clave E “Rendimientos de actividades agrícolas, ganaderas y forestales en estimación objetiva”, para incorporar el supuesto de que únicamente se hubiesen percibido subvenciones y aplicar el índice de 0,56.
Se incorpora en Renta WEB la expresión PENDIENTE en cuadro de resultados, los datos imputados de rendimientos de actividades Agrícolas, ganaderas y forestales en régimen de módulos.
Se mantienen:
- Con efectos 1 de Enero de 2016 se modificaron los límites de volumen de rendimientos íntegros en el año anterior para estar incluidos en el régimen de estimación objetiva.
- Los índices de rendimiento neto aplicables en el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en 2016 por las actividades agrícolas y ganaderas.
- Se mantiene la reducción del 5% sobre el rendimiento neto calculado por el método de estimación objetiva.
Fuente: campogalego.com