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Medio Ambiente establece las pautas a seguir para la caza de especies con impacto en el campo

La orden de caza 2023 publicada por la Consellería de Medio Ambiente establece las pautas a seguir para las medidas de control por daños en el campo.

El periodo de caza, con carácter general será de 15 de octubre del 2023 a 6 de enero del 2024, en jueves, domingos y festivos, si bien con excepciones para otros días de la semana en determinadas modalidades de caza.

Con el fin de reducir los daños en la agricultura, ganadería, silvicultura y en la circulación viaria, así como en la fauna y flora silvestre, se podrán acordar medidas de control por daños, para lo cual será preceptivo que los agentes ambientales comprueben los daños existentes.

Por especies, las principales medidas son las siguientes:

  • Jabalí: Se podrán autorizar batidas, monterías, esperas o recechos, incluso en zonas de veda de caza o de entrenamiento de perros. Las autorizaciones de caza por daños serán inmediatas, no siendo preceptiva la comprobación de los mismos, con independencia de las comprobaciones que pueda decidir hacer el servicio de Patrimonio Natural.
  • Corzo y ciervo: Será requisito previo la comprobación de los daños, antes de autorizar la práctica cinegética. En el caso de las hembras adultas, solo se permite su control en la modalidad de rececho.
  • Zorro: Se procederá igual que para el corzo y ciervo.
  • Aves: Se podrá permitir la caza de aves que provoquen daños en cultivos agrícolas o en la fauna. Será preceptivo el informe del servicio provincial de Patrimonio Natural correspondiente, en el que se indicará si los daños fueron causados o no por las especies citadas. Si no es posible establecer razonablemente el origen de los daños, se denegará la solicitud.
  • Lobo: El lobo queda excluido de las medidas cinegéticas de control de daños, después de que el Ministerio de Transición Ecológica haya incluido al lobo en la Lista de Especias en Protección Especial.

 

Fuente: campogalego.es

 

 

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