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Antes de la recogida en las granjas deben presentarse los contratos de la leche ante la Administración

A partir de ahora, los contratos de compra de leche deben ser presentados a la Administración antes de que comience la recogida en las granjas, según una nueva norma que ha entrado en vigor. Las empresas lácteas suelen esperar hasta el último momento para firmar contratos, con el fin de conocer las acciones de la competencia y prever las tendencias del mercado. Sin embargo, esta práctica será más difícil de realizar debido a la nueva normativa.

La mayoría de las empresas han optado por contratos a corto plazo, renovándolos cada cuatro meses. Sin embargo, el Real Decreto 1028/2022, que desarrolla el registro de contratos alimentarios, obliga a adelantar la negociación con las granjas. A partir de ahora, cualquier contrato agroalimentario debe estar registrado en la Agencia de Información y Control Alimentario (AICA) antes de que entre en vigor. La industria compradora es responsable de subir el contrato completo y firmado por el productor en la plataforma de la AICA al menos un día antes de la recogida de leche en la explotación.

Aunque esta nueva normativa está pensada para favorecer a los productores, puede tener consecuencias negativas para ellos. No podrán retrasar la negociación con las empresas compradoras, ya que existe el riesgo de que no se les pueda recoger la leche, una amenaza que anteriormente rara vez se cumplía. Antes, las empresas tenían un plazo de 15 días para registrar el contrato después de su firma y entrada en vigor, pero este margen de seguridad ha desaparecido.

Cualquier modificación, adenda o cambio de precio durante la vigencia del contrato también debe ser comunicado a la AICA. Esta normativa solo se aplica a los contratos y no a las ofertas previas que resultan de la negociación entre las partes.

En el sector agrícola, hay poco conocimiento sobre la dinámica de negociación de los contratos y los plazos legales establecidos. Según el Real Decreto 95/2019, las ofertas deben presentarse a los productores al menos dos meses antes de la finalización del contrato vigente. Una vez recibida la oferta, los ganaderos tienen 15 días para aceptarla por escrito. Si no lo hacen, se considera que han rechazado la oferta en su totalidad.

Este cambio introducido el año pasado ha modificado el proceso de negociación. Si la oferta es rechazada, la industria no está obligada a mantener las condiciones después de 15 días y puede presentar un contrato con peores condiciones o incluso dejar de recoger leche de esa granja sin ofrecer una alternativa.

 

Fuente: campogalego.es

 

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