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El Gobierno ha aprobado un real decreto que desarrolla la figura del veterinario de explotación en las explotaciones ganaderas

La norma desarrolla la figura del veterinario de explotación y establece el contenido mínimo del plan sanitario integral y la frecuencia obligatoria de las visitas zoosanitarias.

El veterinario supervisará la salud y el bienestar animal, realizará recomendaciones para corregir deficiencias que observe, incluidas aquellas destinadas a conseguir un uso sostenible de antibióticos y asesorará sobre bioseguridad, trazabilidad, alimentación, detección temprana, respuesta rápida a las enfermedades y resistencias antimicrobianas. También será responsable del diseño y supervisión del Plan de bienestar animal. La norma se aplicará en todas las explotaciones ganaderas, excepto las de autoconsumo y algunas de bajo riesgo.

La salud y el bienestar de los animales están íntimamente relacionados y la valoración de un animal sólo puede llevarse a cabo con el adecuado conocimiento de su situación sanitaria, por eso el veterinario de la explotación será el encargado de diseñar el Plan de bienestar animal y supervisar su cumplimiento.

 

Fuente:campogalego.es

 

 

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