Medidas que afectan a la ganaderia y a la agricultura por el coronavirus.1920

Medidas que afectan a la ganadería y a la agricultura por el coronavirus

Tanto la Xunta de Galicia como el Gobierno Central concretaron las medidas excepcionales para frenar la pandemia del coronavirus.

Entre los sectores a los que se les facilitará que continúen con su actividad, además de los sanitarios destaca el de la alimentación, y dentro de este la agricultura y la ganadería.

El Diario Oficial de Galicia publico este domingo las medidas de prevención para contener el contagio del coronavirus:

  • Se suspende la realización de quemas en los terrenos rústicos, quedando sin efecto las autorizaciones y comunicaciones de quemas ya notificadas o efectuadas.
  • Estarán permitidos los servicios que ofrecen los veterinarios, tanto de las empresas personales como de los servicios oficiales.
  • Podrán seguir abiertas al público las lonjas; y comercios de ferretería, pintura y vidrio en establecimientos especializados, en tanto que se trata de actividades que deben suministrar al sector primario, ganadero, pesquero y agrícola elementos necesarios para a continuación de su actividad.
  • Se garantizará la entrada de materias primas (pienso y fertilizantes, por ejemplo) a las granjas y explotaciones agrícolas y la salida de animales, leche y demás productos agrarios.

Además las autoridades competentes delegadas adoptarán las medidas necesarias para garantizar:

  1. El abastecimiento alimentario en los lugares de consumo y el funcionamiento de los servicios de los centros de producción, permitiendo la distribución de alimentos desde el origen hasta los establecimientos comerciales de venta al consumidor, incluyendo almacenes, centros logísticos y mercados en destino. En particular, cuando resultara necesario por razones de seguridad, se podrá acordar el acompañamiento de los vehículos que realicen el transporte de los bienes mencionados.
  2. Garantizar la entrada de piensos y la salida de leche y de animales, las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado garantizarán para las explotaciones agroganaderas la entrada y salida de trabajadores hacia y desde una zona de movimientos restringidos.
  3. En el caso concreto de que un ganadero o un miembro de su familia dé positivo al Covid-19, se pedirá a la autoridad competente que se faciliten las condiciones para que la granja pueda seguir siendo operativa.

 

Fuente: campogalego.com

 

 

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