La Ley obliga a los propietarios y criadores en las explotaciones ganaderas a…1920

La Ley obliga a los propietarios y criadores en las explotaciones ganaderas  a…

  • Adoptar las medidas adecuadas para asegurar el bienestar de los animales con vistas a garantizar que éstos no padezcan dolores, sufrimientos ni daños inútiles.
  • Que las condiciones en que se crían o se mantengan los animales (distintos de los peces, reptiles y anfibios), teniendo en cuenta su especie y grado de desarrollo, adaptación y domesticación, así como sus necesidades fisiológicas y etológicas de acuerdo con la experiencia adquirida y los conocimientos científicos, se atengan a las especificaciones establecidas en el anexo de este Real Decreto.

Su incumplimiento será sancionado con arreglo a lo dispuesto en la normativa vigente aplicable en cada caso.

Se considera propietario o criador cualquier persona física o jurídica que sea responsable o esté a cargo de animales permanente o temporalmente.

 

Fuente: boe.es/

 

 

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